Produce establece límite de pesca complementaria de jurel en 22 000 toneladas para el 2023
Nota de prensa• Además, autorizó al Imarpe la ejecución de una pesca exploratoria del recurso lisa en la laguna La Niña, ubicada en Piura.




13 de setiembre de 2023 - 1:10 p. m.
El ministerio de la Producción (Produce) estableció un límite de captura complementaria de 22 000 toneladas para el recurso jurel (Trachurus murphyi), destinado a embarcaciones pesqueras de mayor escala durante el presente año.
La medida, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 310-2023-PRODUCE y publicada hoy en el diario oficial El Peruano, modifica la cantidad máxima, previamente establecida en las resoluciones ministeriales N° 42-2023-PRODUCE y N° 103- 2023-PRODUCE.
El inicio de las actividades extractivas, para la flota mencionada, está prevista, a partir del tercer día de la publicación de esta medida (15 de setiembre).
Además, de acuerdo a la normativa, el límite de captura complementaria podrá ser ajustado en función de factores biológicos, pesqueros y/o ambientales, según lo determine el Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
En ese sentido, las actividades extractivas del recurso jurel concluirán una vez que se alcance el límite de captura complementario mencionado o, en su defecto, no podrán extenderse más allá del 31 de diciembre de 2023; o cuando el Imarpe lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas.
Autorizan pesca exploratoria de la lisa en laguna La Niña
Asimismo, Produce autorizó al Imarpe la ejecución de una pesca exploratoria del recurso lisa (Mugil cephalus) en la laguna La Niña, ubicada en Piura, medida aprobada, mediante la Resolución Ministerial N° 311-2023-PRODUCE.
De esta manera, se permite la pesca exploratoria del recurso lisa, con una duración de 20 días calendario, la cual podrá ser prorrogable por un periodo similar, previa recomendación del Imarpe.
El inicio de la actividad comenzará a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación del listado de pescadores artesanales de la dependencia con competencia pesquera del Gobierno Regional respectivo.
Además, la pesca exploratoria concluirá cuando se culmine el periodo señalado en la presente resolución o cuando el Ministerio de la Producción, mediante Resolución Ministerial, determine el término de la citada actividad por razones de conservación del recurso, previa recomendación del Imarpe.
Para obtener más información sobre las mencionadas resoluciones ministeriales, pueden visitar el portal institucional del Ministerio de la Producción (https://www.gob.pe/produce), en la sección Normas y Documentos Legales.
La medida, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 310-2023-PRODUCE y publicada hoy en el diario oficial El Peruano, modifica la cantidad máxima, previamente establecida en las resoluciones ministeriales N° 42-2023-PRODUCE y N° 103- 2023-PRODUCE.
El inicio de las actividades extractivas, para la flota mencionada, está prevista, a partir del tercer día de la publicación de esta medida (15 de setiembre).
Además, de acuerdo a la normativa, el límite de captura complementaria podrá ser ajustado en función de factores biológicos, pesqueros y/o ambientales, según lo determine el Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
En ese sentido, las actividades extractivas del recurso jurel concluirán una vez que se alcance el límite de captura complementario mencionado o, en su defecto, no podrán extenderse más allá del 31 de diciembre de 2023; o cuando el Imarpe lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas.
Autorizan pesca exploratoria de la lisa en laguna La Niña
Asimismo, Produce autorizó al Imarpe la ejecución de una pesca exploratoria del recurso lisa (Mugil cephalus) en la laguna La Niña, ubicada en Piura, medida aprobada, mediante la Resolución Ministerial N° 311-2023-PRODUCE.
De esta manera, se permite la pesca exploratoria del recurso lisa, con una duración de 20 días calendario, la cual podrá ser prorrogable por un periodo similar, previa recomendación del Imarpe.
El inicio de la actividad comenzará a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación del listado de pescadores artesanales de la dependencia con competencia pesquera del Gobierno Regional respectivo.
Además, la pesca exploratoria concluirá cuando se culmine el periodo señalado en la presente resolución o cuando el Ministerio de la Producción, mediante Resolución Ministerial, determine el término de la citada actividad por razones de conservación del recurso, previa recomendación del Imarpe.
Para obtener más información sobre las mencionadas resoluciones ministeriales, pueden visitar el portal institucional del Ministerio de la Producción (https://www.gob.pe/produce), en la sección Normas y Documentos Legales.