Convención sobre el Comercio Internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre - CITES

Comunicado
AYUDA MEMORIA

Fotos: PRODUCE

14 de mayo de 2019 - 1:42 p. m.

ANTECEDENTES

A través del Decreto Ley Nº 21080, de fecha 21 de enero de 1975, el Perú aprobó la Convención CITES y asume el compromiso de proteger determinadas especies de flora y fauna silvestre sometidas a explotación a través del comercio internacional. En marzo de 1992, en el marco de la Octava Reunión de la Conferencia de las Partes de la Convención CITES, realizada en Kyoto (Japón) se aprueba la Resolución Conf. 8.4, en la cual se instó a las partes que no hayan adoptado aún medidas apropiadas para aplicar plenamente la Convención, a que lo hagan e informen a la Secretaría de la Convención.

ACCIONES REALIZADAS

Mediante el Decreto Supremo Nº 030-2005-AG se aprobó el Reglamento para la implementación de la CITES en el Perú, el cual fue modificado y actualizado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2008-MINAM donde se designa al Ministerio de Agricultura (hoy Ministerio de Agricultura y Riego ) y al Ministerio de la Producción como Autoridades Administrativas CITES Perú, al Ministerio del Ambiente como Autoridad Científica CITES Perú y se designan como entidades de observancia al Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria -SUNAT, las Fuerzas Armadas del Perú, el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, y los Gobiernos Regionales) que apoyan a las autoridades administrativas CITES en el control del tráfico de las especies de flora y fauna silvestre. Asimismo, se dispone que las Autoridades Administrativas CITES, la Autoridad Científica, y el personal de las entidades de observancia designadas en conjunto, deben elaborar un programa de trabajo bienal donde se establezcan los mecanismos de coordinación para fortalecer la aplicación de la Convención.

Del mismo modo, a través de la Resolución Ministerial N° 266-2009-MINAM se formaliza el Grupo de Trabajo encargado de coordinar y realizar el monitoreo de la gestión adecuada y oportuna de las disposiciones relativas a la CITES (denominado GT CITES). Este grupo se encuentra integrado por el MINAM, quien lo preside, el Ministerio de la Producción, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio de Agricultura (hoy Agricultura y Riego) y el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre.

La elaboración del Plan Bienal (PTB) CITES para el período 2018-2019 se inició a comienzos del 2018 e incluyó un taller realizado el 22 de febrero de 2018, con el objetivo de identificar acciones y actividades en el ámbito de competencia de cada institución con miras a contribuir con la implementación de la CITES. El referido taller, contó con la participación de las diferentes Autoridades y entidades de Observancia CITES (SERFOR, PRODUCE, Ministerio Público, OSINFOR, PNP, SUNAT y MINAM).

El PRODUCE, es parte de GT CITES (Autoridad Administrativa), que es liderado por MINAM (Autoridad Científica), en representación del PRODUCE participan en el marco de sus funciones la DGA, DGSFS, DGPCHDI y la DGAAMPA.