PRODUCE garantiza el desarrollo ordenado y sostenible de la pesca en 2026 para proteger el empleo y la economía de miles de familias
Nota de prensa




1 de enero de 2026 - 4:42 p. m.
- Ministerio aprueba límites de captura y condiciones técnicas para jurel, caballa, bonito, pota, erizo, pulpo, tiburón martillo y otras especies, basados en evidencia científica del IMARPE.
El Ministerio de la Producción (PRODUCE) aprobó un conjunto de Resoluciones Ministeriales que establecen límites de captura, condiciones técnicas y medidas de ordenamiento para diversos recursos hidrobiológicos durante el año 2026, con el objetivo de garantizar el desarrollo normal de la actividad pesquera, proteger la sostenibilidad de los recursos marinos y salvaguardar la economía de miles de pescadores artesanales y de mayor escala, así como de las cientos de miles de personas que dependen indirectamente de esta actividad en todo el país.
“Cada una de estas medidas responden a una visión integral de ordenamiento pesquero que busca que la actividad se desarrolle con normalidad, con reglas claras y previsibles, cuidando la sostenibilidad de los recursos, pero también el trabajo y los ingresos de miles de pescadores y de sus familias en todo el país. Cada cuota, límite de captura y condición técnica ha sido pensada con un enfoque social y económico, porque la pesca no solo genera empleo directo, sino que sostiene cadenas productivas que benefician a cientos de miles de peruanos”, señaló el viceministro de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos.
Las medidas, sustentadas en informes científicos del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) y en el análisis de factores socioeconómicos, permiten dar previsibilidad a la actividad extractiva, ordenar el inicio de las temporadas de pesca y asegurar que los recursos continúen siendo una fuente de empleo, ingresos y alimentación para la población, en concordancia con la Ley General de Pesca y los reglamentos de ordenamiento vigentes.
En ese marco, PRODUCE estableció los límites de captura del jurel y la caballa para el año 2026, tanto para la flota de mayor escala como para la flota artesanal. Para el jurel se fijó un límite anual de 175 mil toneladas, mientras que para la caballa el límite alcanza las 84 mil toneladas, distribuidas de manera diferenciada según tipo de flota y periodo de pesca, considerando la estacionalidad de los desembarques y la participación histórica de cada segmento.
Asimismo, se aprobó el límite de captura del bonito para el periodo enero–abril de 2026, con una asignación de 40 779 toneladas, distribuida por artes de pesca y tamaños de embarcación artesanal, incorporando medidas compensatorias recomendadas por el IMARPE para mitigar los impactos de ampliaciones de cuota realizadas en años anteriores y reforzar la sostenibilidad del recurso.
Como parte del ordenamiento del inicio de la temporada 2026, PRODUCE también estableció un Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) inicial para el calamar gigante o pota, fijado en 76 324 toneladas para los meses de enero y febrero, lo que permitirá un inicio ordenado de la pesquería, con monitoreo permanente de los indicadores biológicos y pesqueros.
Asimismo, PRODUCE estableció para el 2026, el límite de captura del tiburón martillo (Sphyrna zygaena) en 444 toneladas, manteniendo estrictas medidas de ordenamiento que aseguran un aprovechamiento responsable del recurso, y dispuso la continuidad condicionada del Régimen Especial Temporal para regular la captura incidental de especies de la familia Mobulidae (mantarrayas), ajustando su vigencia y reforzando los requisitos de registro y calidad de información, conforme a las recomendaciones del IMARPE, con el objetivo de proteger estas especies sin afectar la actividad de la flota artesanal.
Recursos bentónicos
PRODUCE aprobó medidas de ordenamiento para recursos de alto valor social y económico, como el establecimiento del LMCTP del erizo (Loxechinus albus) en 403,83 toneladas para el área entre El Choral y Punta Oscuyo, en Arequipa, con requisitos orientados a asegurar su aprovechamiento sostenible y proteger los ingresos de los pescadores artesanales; asimismo, fijó el límite de captura del pulpo (Octopus mimus) en 16,7 toneladas para 2026 en el ámbito de la Reserva Nacional Punta Coles, en Moquegua, con plazos definidos y el cumplimiento estricto de las medidas de conservación vigentes.
Con este paquete de Resoluciones Ministeriales, el Ministerio de la Producción reafirma su compromiso con una pesca sostenible, ordenada y socialmente responsable, basada en la evidencia científica, que garantice la conservación de los recursos hidrobiológicos y el bienestar de las comunidades pesqueras del Perú.
El Ministerio de la Producción (PRODUCE) aprobó un conjunto de Resoluciones Ministeriales que establecen límites de captura, condiciones técnicas y medidas de ordenamiento para diversos recursos hidrobiológicos durante el año 2026, con el objetivo de garantizar el desarrollo normal de la actividad pesquera, proteger la sostenibilidad de los recursos marinos y salvaguardar la economía de miles de pescadores artesanales y de mayor escala, así como de las cientos de miles de personas que dependen indirectamente de esta actividad en todo el país.
“Cada una de estas medidas responden a una visión integral de ordenamiento pesquero que busca que la actividad se desarrolle con normalidad, con reglas claras y previsibles, cuidando la sostenibilidad de los recursos, pero también el trabajo y los ingresos de miles de pescadores y de sus familias en todo el país. Cada cuota, límite de captura y condición técnica ha sido pensada con un enfoque social y económico, porque la pesca no solo genera empleo directo, sino que sostiene cadenas productivas que benefician a cientos de miles de peruanos”, señaló el viceministro de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos.
Las medidas, sustentadas en informes científicos del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) y en el análisis de factores socioeconómicos, permiten dar previsibilidad a la actividad extractiva, ordenar el inicio de las temporadas de pesca y asegurar que los recursos continúen siendo una fuente de empleo, ingresos y alimentación para la población, en concordancia con la Ley General de Pesca y los reglamentos de ordenamiento vigentes.
En ese marco, PRODUCE estableció los límites de captura del jurel y la caballa para el año 2026, tanto para la flota de mayor escala como para la flota artesanal. Para el jurel se fijó un límite anual de 175 mil toneladas, mientras que para la caballa el límite alcanza las 84 mil toneladas, distribuidas de manera diferenciada según tipo de flota y periodo de pesca, considerando la estacionalidad de los desembarques y la participación histórica de cada segmento.
Asimismo, se aprobó el límite de captura del bonito para el periodo enero–abril de 2026, con una asignación de 40 779 toneladas, distribuida por artes de pesca y tamaños de embarcación artesanal, incorporando medidas compensatorias recomendadas por el IMARPE para mitigar los impactos de ampliaciones de cuota realizadas en años anteriores y reforzar la sostenibilidad del recurso.
Como parte del ordenamiento del inicio de la temporada 2026, PRODUCE también estableció un Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) inicial para el calamar gigante o pota, fijado en 76 324 toneladas para los meses de enero y febrero, lo que permitirá un inicio ordenado de la pesquería, con monitoreo permanente de los indicadores biológicos y pesqueros.
Asimismo, PRODUCE estableció para el 2026, el límite de captura del tiburón martillo (Sphyrna zygaena) en 444 toneladas, manteniendo estrictas medidas de ordenamiento que aseguran un aprovechamiento responsable del recurso, y dispuso la continuidad condicionada del Régimen Especial Temporal para regular la captura incidental de especies de la familia Mobulidae (mantarrayas), ajustando su vigencia y reforzando los requisitos de registro y calidad de información, conforme a las recomendaciones del IMARPE, con el objetivo de proteger estas especies sin afectar la actividad de la flota artesanal.
Recursos bentónicos
PRODUCE aprobó medidas de ordenamiento para recursos de alto valor social y económico, como el establecimiento del LMCTP del erizo (Loxechinus albus) en 403,83 toneladas para el área entre El Choral y Punta Oscuyo, en Arequipa, con requisitos orientados a asegurar su aprovechamiento sostenible y proteger los ingresos de los pescadores artesanales; asimismo, fijó el límite de captura del pulpo (Octopus mimus) en 16,7 toneladas para 2026 en el ámbito de la Reserva Nacional Punta Coles, en Moquegua, con plazos definidos y el cumplimiento estricto de las medidas de conservación vigentes.
Con este paquete de Resoluciones Ministeriales, el Ministerio de la Producción reafirma su compromiso con una pesca sostenible, ordenada y socialmente responsable, basada en la evidencia científica, que garantice la conservación de los recursos hidrobiológicos y el bienestar de las comunidades pesqueras del Perú.




