Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00028-2026-PRODUCE-CONAS-CT
28 de enero de 2026
APLICAR DE OFICIO el principio de retroactividad benigna como excepción al principio de irretroactividad; en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la sanción de multa impuesta a la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A. mediante el
artículo 1° de la Resolución Directoral N° 3163-2016-PRODUCE/DGS de fecha 13.05.2016, por la infracción establecida en el numeral 93 del artículo 134 del RLGP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
artículo 1° de la Resolución Directoral N° 3163-2016-PRODUCE/DGS de fecha 13.05.2016, por la infracción establecida en el numeral 93 del artículo 134 del RLGP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
