Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00010-2026-PRODUCE-CONAS-CT

21 de enero de 2026

APLICAR DE OFICIO el principio de retroactividad benigna como excepción al Principio de irretroactividad; en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la sanción impuesta mediante el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 03614-2024-PRODUCE/DS-PA de fecha 11.12.2024, por la infracción establecida en el numeral 5 del artículo 134° del RLGP.
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación; en consecuencia, CONFIRMAR la sanción impuesta por la infracción tipificada en el numeral 32) del artículo 134° del RLGP; quedando agotada la vía administrativa.
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RCONAS-00010-2026-PRODUCE-CONAS-CT

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