Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00002-2026-PRODUCE-CONAS-CT
16 de enero de 2026
APLICAR DE OFICIO el principio de retroactividad benigna como excepción al principio de irretroactividad; en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la sanción de multa impuesta mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 3784-2016-PRODUCE/DGS de fecha 31.05.2016.
