Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00149-2025-PRODUCE-CONAS-CT

22 de diciembre de 2025

APLICAR DE OFICIO el principio de retroactividad benigna como excepción al principio de irretroactividad; en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la sanción de multa impuesta mediante el artículo 3 de la Resolución Directoral N 872-2015-PRODUCE/DGS de fecha 11.03.2015.
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