Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00127-2025-PRODUCE-CONAS-CT
16 de diciembre de 2025
APLICAR DE OFICIO el principio de retroactividad benigna como excepción al principio de irretroactividad; en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la sanción de multa impuesta a la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., mediante el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 11-2017-PRODUCE/DGS de fecha 03.01.2017, confirmada mediante la Resolución Consejo de Apelación de Sanciones N° 691-2017- PRODUCE/CONAS-2CT de fecha 30.10.2017, por la infracción establecida en el numeral 93 del artículo 134 del RLGP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
