Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00117-2025-PRODUCE-CONAS-CT

24 de noviembre de 2025

DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto; en consecuencia, CONFIRMAR la sanción impuesta por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 21) del artículo 134 del RLGP; quedando agotada la vía administrativa.
DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto; en consecuencia, declarar la NULIDAD PARCIAL de la Resolución Directoral N° 03333-2024-PRODUCE/DS-PA de fecha 19.11.2024; en el extremo del artículo 1 que le impuso la sanción de multa por la infracción al numeral 21) del artículo 134 del RLGP; por tanto, corresponde MODIFICAR la sanción contenida en el mencionado artículo de 8.259 UIT a 1.665600 UIT; quedando SUBSISTENTE lo resuelto en los demás extremos
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