Resolución Directoral N.° 0785-2025-PRODUCE/DGAAMI

22 de noviembre de 2025

Artículo 1º.- Declarar fundado el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa EMBOTELLADORA SAN MIGUEL DEL SUR S.A.C., contra el Informe Nº 000098-2025- WMOSCOSO (22.09.25) sustentada en el Oficio N° 00006000-2025-PRODUCE/DGAAMI (22.09.25), mediante el cual concluye no aceptar la petición administrativa de ampliación del plazo de la etapa de construcción, debido a que lo solicitado fue presentado con fecha posterior al vencimiento del plazo otorgado inicialmente, respecto de la construcción del proyecto “Construcción de un Pozo Tubular Subterráneo para extracción de agua subterránea”, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 0149-2025-PRODUCE/DGAAMI (06.03.25), sustentado en el Informe Nº 0000016-2025-WMOSCOSO (06.03.25), ubicado en la carretera Panamericana Norte km. 154, distrito y provincia de Huaura, departamento de Lima; de conformidad con el Informe Nº 00000120-2025-WMOSCOSO (20.11.25), el cual forma parte integrante del presente acto administrativo, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Informe Nº 000098-2025-WMOSCOSO (22.09.25) sustentada en el Oficio N° 00006000-2025-PRODUCE/DGAAMI (22.09.25), mediante la cual se recomendó no aceptar la ampliación de plazo de la etapa de construcción del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto “Construcción de un Pozo Tubular Subterráneo para extracción de agua subterránea”, aprobado mediante la Resolución Directoral N° 00149- 2025- PRODUCE/DGAAMI (06.03.25) sustentado en el Informe Nº 0000016-2025-WMOSCOSO (06.03.25). Artículo 3º.- Aprobar la solicitud de ampliación de plazo de la etapa de construcción otorgado mediante el Informe Técnico Sustentatorio (ITS) del proyecto “Construcción de un Pozo Tubular Subterráneo para extracción de agua subterránea”, aprobado mediante la Resolución Directoral N° 00149-2025-PRODUCE/DGAAMI (06.03.25), ubicado en la carretera Panamericana Norte km. 154, distrito y provincia de Huaura, departamento de Lima, propuesto por la empresa EMBOTELLADORA SAN MIGUEL DEL SUR S.A.C., de conformidad con el Informe Nº 00000120- 2025-WMOSCOSO (20.11.25), el mismo que forma parte integrante del presente acto administrativo y, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
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