Resolución Directoral N.° 00194-2025-PRODUCE/DGAAMPA
Aceptar el desistimiento present/Carta AF-111/2025- HT 00081766-2025-E, respecto a MIANNS- EIP ubicado en Chimbote- presentada p/ COMPAÑIA PESQUERA DEL PACIFICO CENTRO S.A.
27 de octubre de 2025
Aceptar el desistimiento presentado mediante la Carta AF-111/2025 con Hoja de Trámite N°00081766-2025-E, respecto a la solicitud de evaluación y aprobación de la “Modificación para impactos ambientalesnegativos no significativos MIANNS (Modifica la R.D N° 00210- 2024-PRODUCE/DGAAMPA - Anexo Único: IIIEstrategia de Manejo Ambiental: Tabla N° 02: Plan de Manejo del EIP Chimbote, Aspecto Ambiental: Efluentes deDescarga de Materia Prima (agua de Bombeo) en la Medida de Mitigación Terciario: Tanque homogeneizador N°02), por el Proyecto a ejecutar en su Establecimiento Industrial Pesquero EIP CHIMBOTE, el cambio de uso de TanqueN° 02 ( Homogeneizador) para uso exclusivo como Tanque de Paso de Aguas Claras para su derivación a la red de
acopio de APROFERROL”, ubicado en la calle El Milagro N° 252, Zona Industrial 27 de octubre, distrito de Chimbote,provincia de Santa, departamento de Ancash, presentada por la empresa COMPAÑIA PESQUERA DEL PACIFICOCENTRO S.A. mediante escrito con Hoja de Trámite N° 00081675-2025-E; en aplicación dispuesto en el artículo 200del TUO de la Ley N° 27444; y, en consecuencia, dar por concluido el mencionado procedimiento conforme a loestablecido en el numeral 197.1 del artículo 197 de la referida ley.
acopio de APROFERROL”, ubicado en la calle El Milagro N° 252, Zona Industrial 27 de octubre, distrito de Chimbote,provincia de Santa, departamento de Ancash, presentada por la empresa COMPAÑIA PESQUERA DEL PACIFICOCENTRO S.A. mediante escrito con Hoja de Trámite N° 00081675-2025-E; en aplicación dispuesto en el artículo 200del TUO de la Ley N° 27444; y, en consecuencia, dar por concluido el mencionado procedimiento conforme a loestablecido en el numeral 197.1 del artículo 197 de la referida ley.
