Resolución Directoral N.° 02887-2025-PRODUCE/DS-PA
11 de agosto de 2025
DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de aplicación de la Retroactividad Benigna como excepción al Principio de Irretroactividad previsto en el numeral 5) del artículo 248°del TUO de la LPAG, presentado por PESQUERA JAMAR S.R.L. con R.U.C. N° 20480113226, mediante el escrito de Registro N° 00050556-2025 respecto a la sanción impuesta a través de la Resolución Directoral N° 1649-2014-PRODUCE/DGS
