Resolución Secretarial N.° 080-2025-PRODUCE

3 de setiembre de 2025

Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor Rodolfo Eduardo Padilla Verazaluce contra la denegatoria ficta de la solicitud de reintegro con Registro N° 00101121-2025, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y dar por agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 218.2 del artículo 218 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Esta norma pertenece al compendio Recurso infundado

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