Resolución Ministerial N.° 291-2025-PRODUCE

31 de agosto de 2025

Modificar el subnumeral 5.3 del numeral V. de los “Lineamientos para el cumplimiento de la obligación de comunicar la información sobre las capturas efectuadas por las embarcaciones pesqueras de hasta 32.6 m3 de capacidad de bodega que operen en el ámbito marítimo”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 000207-2025-PRODUCE.
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R M Nº 291-2025-PRODUCE

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