Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00191-2025-PRODUCE-CONAS-CP
26 de agosto de 2025
Se declara INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto. En consecuencia, CONFIRMAR la sanción impuesta por el numeral 11 del artículo 134 del RLGP, quedando agotada la vía administrativa.