Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00186-2025-PRODUCE-CONAS-CP

26 de agosto de 2025

Se declara INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto. En consecuencia, CONFIRMAR la sanción correspondiente al numeral 3) del artículo 134 del RLGP, quedando agotada la vía administrativa.
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