Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00186-2025-PRODUCE-CONAS-CP
26 de agosto de 2025
Se declara INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto. En consecuencia, CONFIRMAR la sanción correspondiente al numeral 3) del artículo 134 del RLGP, quedando agotada la vía administrativa.