Resolución Ministerial N.° 177-2020-PRODUCE

14 de junio de 2020

Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 449-2003-PRODUCE con el texto siguiente: “Artículo 2.- Prohíbase el traslado físico o cambio de ubicación de establecimientos industriales pesqueros para el desarrollo de actividades de consumo humano indirecto hacia los puertos o bahías y zonas o áreas de influencia de Paita, Sechura, Chimbote y Pisco (Paracas).

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R. M. Nº 177-2020-PRODUCE

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