Resolución Directoral N.° 00868-2025-PRODUCE/DS-PA
20 de marzo de 2025
DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de aplicación de Retroactividad Benigna como excepción al Principio de Irretroactividad previsto en el numeral 5) del artículo 248°del TUO de la LPAG, presentada por PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A. con R.U.C. N° 20447466547, respecto de la sanción impuesta con Resolución Directoral N° 593-2015-PRODUCE/DGS, confirmada por Resolución Consejo de Apelación de Sanciones N° 646-2016-PRODUCE/CONAS-CT.