Resolución Ministerial N.° 078-2025-PRODUCE

20 de febrero de 2025

Establecer la veda reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima comprendida entre el límite norte del dominio marítimo peruano y los 04º00’S, así como entre los 05º00’S y 06º00’S, quedando prohibida la extracción del citado recurso durante un período de treinta (30) días calendario contados a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial.

Esta norma pertenece al compendio Vedas

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R M Nº 078-2025-PRODUCE

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