Resolución Directoral N.° 0029-2025-PRODUCE/DGAAMI

21 de enero de 2025

Artículo 1º.- Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa PERU GRAND S.A.C. contra el Oficio N° 00008242-2024-PRODUCE/DGAAMI (26.12.24), por el cual se devolvió la solicitud de Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP) correspondiente al proyecto “Embotellado de agua mineral”, previsto a ubicarse en la calle San Pedro Lt. 13, Centro Poblado Llamachupan, Distrito de Acas, Provincia de Ocros y Departamento de Ancash; de conformidad con el Informe Nº 00000006-2025-PRODUCE/DEAM-jvilcac (14.01.25), sus fundamentos, conclusiones y recomendaciones, el cual forma parte integrante del presente acto administrativo, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Confirmar la validez del Oficio N° 00008242-2024-PRODUCE/DGAAMI (26.12.24), por el cual se devolvió la solicitud de Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP) correspondiente al proyecto “Embotellado de agua mineral”, previsto a ubicarse en la calle San Pedro Lt. 13, Centro Poblado Llamachupan, Distrito de Acas, Provincia de Ocros y Departamento de Ancash.
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