Resolución Ministerial N.° 491-2024-PRODUCE
18 de diciembre de 2024
Establecer excepcionalmente que la temporada de pesca del recurso camarón de río (Cryphiops caementarius) en los cuerpos de agua públicos de la vertiente occidental de los Andes se extienda hasta el 2 de enero de 2025, quedando prohibida la extracción, procesamiento, transporte, comercialización y utilización del citado recurso a partir de las 00:00 horas del día 3 de enero hasta el 31 de marzo de 2025.
Esta norma pertenece al compendio Vedas