Resolución Directoral N.° 615-2024-PRODUCE/DGAAMI
6 de agosto de 2024
Declarar improcedente la solicitud de evaluación de la Evaluación Preliminar (EVAP) del proyecto denominado “Ladrillera San Juan del Norte S.A.C.”, previsto de desarrollarse en la Campiña Nueva Jerusalén Sector Cerro Colorado C.P Pacanguilla, distrito de Pacanga, provincia de Chépen y departamento de la Libertad, de titularidad de la empresa LADRILLERA SAN JUAN DEL NORTE S.A.C., al no haber cumplido con todos los requisitos del Procedimiento N° 84 del TUPA PRODUCE, ni implementado el mecanismo de mecanismo de participación ciudadana en la etapa de elaboración, conforme a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de Participación Ciudadana en la Gestión Ambiental de la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2022- PRODUCE.