Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00067-2024-PRODUCE-CONAS-2CT

19 de julio de 2024

DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de aplicación de la Retroactividad Benigna como excepción al Principio de Irretroactividad previsto en el numeral 5) del artículo 248° del TUO de la LPAG, mediante escrito con registro n°. 00023498-2024, respecto a la prescripción de la facultad para declarar la responsabilidad administrativa en el procedimiento administrativo iniciado en el Expediente n°. 2334-2004-PRODUCE/DINSECOVI-Dsvs”.

DECLARAR DE OFICIO la aplicación de la Retroactividad Benigna como excepción al Principio de Irretroactividad previsto en el numeral 5) del artículo 248° del TUO de la LPAG respecto a la sanción de multa impuesta mediante Resolución Directoral n.° 330-2008-PRODUCE/DIGSECOVI de fecha 27.02.2008; en consecuencia, corresponde MODIFICAR la sanción de multa impuesta a la señora ROSA ELENA RODRIGUEZ YAYA, a través de la Resolución Directoral n.° 330-2008-PRODUCE/DIGSECOVI de fecha 27.02.2008, por haber incurrido en la comisión de la infracción tipificada en el numeral 1) del artículo 76 de la Ley General de Pesca, promulgada por el Decreto Ley N° 25977, al haber realizado actividades pesqueras sin contar con el permiso de pesca, el día 20.10.2003
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