Resolución Directoral N.° 573-2024-PRODUCE/DGAAMI
7 de julio de 2024
Declarar improcedente la solicitud de evaluación de la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) de la actividad de “Planta de fundición de metales ferrosos y no ferrosos”, ubicada en Calle Valle Sagrado, Mz. J Lote 5, Asociación Pecuaria Valle Sagrado, distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, de titularidad de la empresa COMERCIALIZACIÓN METALÚRGICA J&G S.A.C., al haber sido suscrita por la Ing. Ambiental Keysi Elizabeth Mamani Huilca, quien no forma parte del equipo profesional de la Consultora CCS TECNOLOGÍA AMBIENTAL E.I.R.L. autorizada ante el PRODUCE con Resolución Directoral N° 00330-2024-PRODUCE/DGAAMI (17.04.24) para la elaboración de estudios ambientales en industria y/o comercio interno, en cumplimiento de los requisitos del Procedimiento N° 86 del Texto único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo N° 023-2021-PRODUCE, en concordancia con el numeral 19.3 del artículo 19 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE.