Resolución Directoral N.° 539-2024-PRODUCE/DGAAMI

23 de junio de 2024

Modificar la norma de comparación para el monitoreo de los efluentes provenientes de la PTAR, establecida en el Programa de Monitoreo Ambiental contenido en el Informe N° 00000014-2024-RVALENCIA (05.03.24) que sustentó la Resolución Directoral Nº 00201-2024-PRODUCE/DGAAMI (06.03.24), por la cual se aprobó la Actualización del Plan de Manejo Ambiental (PMA) de la Declaración de Adecuación Ambiental Colectiva (DAAC) del “Local de reenvasado, formulación, almacenamiento y comercialización de productos agroquímicos, nutrientes entre otros; así como la venta de maquinaria para la agricultura”, ubicada en el Pasaje Camino de Acceso N° 2 urb. Parcelación Cajamarquilla, distrito de Lurigancho – Chosica, provincia y departamento de Lima, de titularidad de las empresas NEOAGRUM S.A.C. y SILVESTRE PERÚ S.A.C., de acuerdo con lo señalado en el Anexo Único del Informe N° 00000048-2024-RVALENCIA (17.06.24), que forma parte integrante del presente acto administrativo, y por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.
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