Resolución Directoral N.° 492-2024-PRODUCE/DGAAMI
31 de mayo de 2024
Declarar improcedente la solicitud de Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP) del proyecto denominado “Planta Embotelladora de Agua de Mesa”, de titularidad de la empresa CORPORACIONES TOCCAS S.A.C., al no haber implementado los mecanismos de participación ciudadana en la etapa de elaboración, conforme a lo establecido en el numeral 40.2 del artículo 40 del Reglamento de Participación Ciudadana en la Gestión Ambiental de la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2022-PRODUCE.