Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00087-2024-PRODUCE/CONAS-CP

28 de mayo de 2024

Declarar la NULIDAD PARCIAL DE OFICIO de la Resolución sancionadora, en el extremo del numeral 20 del artículo 134 del RLGP y proceder a su ARCHIVO, quedando SUBSISTENTE la sanción impuesta por la comisión de las infracciones al numeral 1 del artículo 134° del RLGP.
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RCONAS-00087-2024-PRODUCE-CONAS-CP

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