Resolución Ministerial N.° 103-2024-PRODUCE

5 de abril de 2024

Determinar, excepcionalmente, que la Segunda Temporada de Pesca de los recursos anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) de la Zona Norte-Centro del año 2023, no será considerada para el cumplimiento por parte de los armadores, de la obligación de extraer el 80% del Límite Máximo de Captura por Embarcación – LMCE conforme a la disposición contenida en el numeral 1 del artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE.

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