Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00158-2023-PRODUCE/CONAS-UT
22 de setiembre de 2023
DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor RAUL OSCAR FLORES QUISPE, contra la Resolución Directoral N° 1609-2023-PRODUCE/DS-PA de fecha 26.05.2023; en consecuencia, DECLARAR la NULIDAD PARCIAL de la mencionada resolución; en el extremo del artículo 1° de la parte resolutiva de dicho acto administrativo que impuso sanción de multa al recurrente por la comisión de la infracción tipificada en el inciso 3 del artículo 134° del RLGP.
DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de acogimiento al pago por descuento por reconocimiento de responsabilidad establecido en el numeral 41.1 del artículo 41° del REFSPA, presentada por el señor RAUL OSCAR FLORES QUISPE, reduciéndose la sanción de multa impuesta en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1609-2023-PRODUCE/DS-PA de fecha 26.05.2023.
TENER POR CUMPLIDA, la sanción de multa con descuento por reconocimiento de responsabilidad establecido en el numeral 41.1 del artículo 41° del REFSPA.
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor RAUL OSCAR FLORES QUISPE contra la Resolución Directoral N° 1609-2023-PRODUCE/DS-PA de fecha 26.05.2023, por la comisión de la infracción tipificada en el inciso 3 del artículo 134° del RLGP; en consecuencia, CONFIRMAR dicho extremo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.
DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de acogimiento al pago por descuento por reconocimiento de responsabilidad establecido en el numeral 41.1 del artículo 41° del REFSPA, presentada por el señor RAUL OSCAR FLORES QUISPE, reduciéndose la sanción de multa impuesta en el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 1609-2023-PRODUCE/DS-PA de fecha 26.05.2023.
TENER POR CUMPLIDA, la sanción de multa con descuento por reconocimiento de responsabilidad establecido en el numeral 41.1 del artículo 41° del REFSPA.
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor RAUL OSCAR FLORES QUISPE contra la Resolución Directoral N° 1609-2023-PRODUCE/DS-PA de fecha 26.05.2023, por la comisión de la infracción tipificada en el inciso 3 del artículo 134° del RLGP; en consecuencia, CONFIRMAR dicho extremo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.