Resolución Ministerial N.° 067-2020-PRODUCE
14 de febrero de 2020
Suspender la actividad extractiva del recurso Merluza realizada por embarcaciones arrastreras, entre el límite norte del dominio marítimo peruano y los 04 00 S, a partir de las 00 00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial, hasta qu el Instituto del Mar del Perú - IMARPE recomiende el reinicio de la actividad extractiva