Resolución Directoral N.° 01395-2007-PRODUCE/DIGSECOVI
8 de mayo de 2007
Disponer el ARCHIVO de la presente denuncia en el extremo de la infracción al numeral 2) artículo 76° del Decreto ley Nº 25977, ley General de Pesca, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución y en aplicación del principio de Presunción de licitud, contenido en el numeral 9) delartículo 230º de la ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444.