Resolución Ministerial N.° 006 -2020-PRODUCE
7 de enero de 2020
Suspender la actividad extractiva del recurso Merluza realizada por embarcaciones arrastreras, entre el límite norte del dominio marítimo peruano y los 0400S, por un período de siete (7) días calendario, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial.