Resolución Ministerial N.° 541-2019-PRODUCE

20 de diciembre de 2019

Establecer excepcionalmente que la temporada de pesca del recurso camarón de río en los cuerpos de agua públicos de la vertiente occidental de los Andes se extienda hasta el el 01 de enero del 2020, quedando prohibida la extracción, procesamiento, transporte, comercialización y utilización del recurso a partir del 02 de enero hasta el 31 de marzo de 2020.

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