Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00171-2022-PRODUCE/CONAS-2CT
30 de noviembre de 2022
RECTIFICAR los errores materiales contenidos en los numerales 4.1.11, 4.1.12 y 4.1.13 del Título IV denominado “Cuestión Previa” y en el Artículo 1° de la parte resolutiva de la Resolución Consejo de Apelación de Sanciones N° 145-2022-PRODUCE/CONAS-2CT de fecha 30.09.2022; conforme a lo establecido en el numeral 3.1 de la presente Resolución.
DECLARAR la NULIDAD PARCIAL DE OFICIO en el extremo del artículo 2° de la Resolución Consejo de Apelación de Sanciones N° 145-2022-PRODUCE/CONAS-2CT de fecha 30.09.2022, respecto a DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por la señora ELIZABETH DAPNE MEZA GUZMAN, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando SUBSISTENTE en los demás extremos de la citada resolución.
ACEPTAR el DESISTIMIENTO presentado por la señora ELIZABETH DAPNE MEZA GUZMAN respecto del Recurso de Apelación interpuesto con el escrito con Registro N° 00047185-2021 de fecha 26.07.2021, en consecuencia, DECLARAR CONCLUIDO el presente procedimiento administrativo respecto de la administrada.