Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00157-2022-PRODUCE/CONAS-2CT
25 de octubre de 2022
DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por los señores ANGEL CARMEN ROBLES SANCHEZ y MARIA BETTY DOIG DE ROBLES y en consecuencia DECLARAR la NULIDAD PARCIAL de la Resolución Directoral Nº 00680-2022-PRODUCE/DS-PA de fecha 23.03.2022, en el extremo de su artículo 2° respecto de la sanción de multa por la comisión de la infracción tipificada en el inciso 2 del artículo 134° del RLGP, en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la multa impuesta por dicha infracción, por los fundamentos expuestos en el numeral 4.1 de la parte considerativa de la presente Resolución; quedando SUBSISTENTE lo resuelto en los demás extremos.
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por los señores ANGEL CARMEN ROBLES SANCHEZ y MARIA BETTY DOIG DE ROBLES, contra la Resolución Directoral N° 00680-2022-PRODUCE/DS-PA de fecha 23.03.2022; en consecuencia, CONFIRMAR la sanción de multa por la comisión de la infracción tipificada en el inciso 1 del artículo 134° del RLGP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.
DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por los señores ANGEL CARMEN ROBLES SANCHEZ y MARIA BETTY DOIG DE ROBLES, contra la Resolución Directoral N° 00680-2022-PRODUCE/DS-PA de fecha 23.03.2022; en consecuencia, CONFIRMAR la sanción de multa por la comisión de la infracción tipificada en el inciso 1 del artículo 134° del RLGP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.