Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00138-2022-PRODUCE/CONAS-2CT
14 de setiembre de 2022
DECLARAR LA NULIDAD PARCIAL DE OFICIO de la Resolución Directoral Nº 2218-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 08.07.2021:
• En el extremo del artículo 2º, respecto de la sanción de multa por la comisión de la infracción tipificada en el inciso 13 del artículo 134º del RLGP; en consecuencia, corresponde DEJAR SIN EFECTO la sanción impuesta en el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 2218-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 08.07.2021, según los fundamentos expuestos en el numeral 4.1 de la parte considerativa de la presente Resolución.
• En el extremo del artículo 1° que impuso la sanción de multa por la infracción prevista en el inciso 1 del artículo 134° del RLGP; en consecuencia, corresponde MODIFICAR la sanción contenida en el mencionado artículo de la citada Resolución Directoral.
DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por el señor EDINSON KEVIL FERNANDEZ MALCA, contra la Resolución Directoral Nº 2218-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 08.07.2021.
• En el extremo del artículo 2º, respecto de la sanción de multa por la comisión de la infracción tipificada en el inciso 13 del artículo 134º del RLGP; en consecuencia, corresponde DEJAR SIN EFECTO la sanción impuesta en el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 2218-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 08.07.2021, según los fundamentos expuestos en el numeral 4.1 de la parte considerativa de la presente Resolución.
• En el extremo del artículo 1° que impuso la sanción de multa por la infracción prevista en el inciso 1 del artículo 134° del RLGP; en consecuencia, corresponde MODIFICAR la sanción contenida en el mencionado artículo de la citada Resolución Directoral.
DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por el señor EDINSON KEVIL FERNANDEZ MALCA, contra la Resolución Directoral Nº 2218-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 08.07.2021.