Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00076-2022-PRODUCE/CONAS-CP
10 de junio de 2022
RECTIFICAR DE OFICIO el error material consignado en el Artículo 1° de la parte resolutiva de la Resolución Directoral Nº 387-2022-PRODUCE/DS-PA de fecha 22.02.2022, en los siguientes términos:
- DONDE DICE:
“Artículo 1°: (…), los días 16/07/2018 y 17/08/2018 (…).”
- DEBE DECIR:
“Artículo 1°: (…), los días 16/08/2018 y 17/08/218 (…)”.
DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por la señora MARIA DEL SOCORRO TUME ECA, contra la Resolución Directoral Nº 387-2022-PRODUCE/DS-PA de fecha 22.02.2022; en consecuencia, CONFIRMAR la sanción de multa y decomiso11 impuesta, correspondiente a la infracción tipificada en el inciso 3 del artículo 134° del RLGP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.
- DONDE DICE:
“Artículo 1°: (…), los días 16/07/2018 y 17/08/2018 (…).”
- DEBE DECIR:
“Artículo 1°: (…), los días 16/08/2018 y 17/08/218 (…)”.
DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por la señora MARIA DEL SOCORRO TUME ECA, contra la Resolución Directoral Nº 387-2022-PRODUCE/DS-PA de fecha 22.02.2022; en consecuencia, CONFIRMAR la sanción de multa y decomiso11 impuesta, correspondiente a la infracción tipificada en el inciso 3 del artículo 134° del RLGP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.