Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00066-2022-PRODUCE/CONAS-CP

10 de junio de 2022

DECLARAR la NULIDAD PARCIAL DE OFICIO de la Resolución Directoral Nº 1576-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 11.05.2021 en el extremo de su artículo 2° que impuso la sanción de multa a los señores ELIZABETH DAPNE MEZA GUZMAN y ESTUARDO EUSEBIO DIEZ MALCA, por la infracción prevista en el inciso 13) del artículo 134° del RLGP; en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la multa impuesta por dicha infracción, quedando SUBSISTENTE lo resuelto en los demás extremos.

DECLARAR la NULIDAD PARCIAL DE OFICIO de la Resolución Directoral Nº 1576-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 11.05.2021 en el extremo de su artículo 1° que impuso la sanción de multa a los señores ELIZABETH DAPNE MEZA GUZMAN y ESTUARDO EUSEBIO DIEZ MALCA, por la infracción prevista en el inciso 1) del artículo 134° del RLGP; en consecuencia, corresponde modificar la sanción contenida en el mencionado artículo de 2.167 UIT a 1.8060 UIT; quedando SUBSISTENTES los demás extremos.

Artículo 3°.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por los señores ELIZABETH DAPNE MEZA GUZMAN y ESTUARDO EUSEBIO DIEZ MALCA contra la Resolución Directoral N° 1576-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 11.05.2021. CONFIRMAR la sanción de multa correspondiente a la infracción tipificada en el inciso 1) del artículo 134° del RLGP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.
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