Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00088-2022-PRODUCE/CONAS-2CT
10 de junio de 2022
DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por la señora BEATRIZ OBREGON ADAN contra la Resolución Directoral Nº 3113-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 16.11.2021; en consecuencia, disponer el ARCHIVO del presente procedimiento administrativo sancionador, respecto de la infracción tipificada en el inciso 5 del artículo 134° del RLGP; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.
DECLARAR INFUNDADO en sus demás extremos el recurso de apelación interpuesto por BEATRIZ OBREGON ADAN contra la Resolución Directoral Nº 3113-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 16.11.2021; en consecuencia, CONFIRMAR las sanciones impuestas, respecto a las infracciones tipificadas en los incisos 1, 3 y 15 del artículo 134° del RLGP; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.
DECLARAR INFUNDADO en sus demás extremos el recurso de apelación interpuesto por BEATRIZ OBREGON ADAN contra la Resolución Directoral Nº 3113-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 16.11.2021; en consecuencia, CONFIRMAR las sanciones impuestas, respecto a las infracciones tipificadas en los incisos 1, 3 y 15 del artículo 134° del RLGP; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.