Resolución Viceministerial N.° 083-2022-PRODUCE/DVPA

4 de mayo de 2022

Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por el Consejo de Maricultores para el Desarrollo Sostenible de la Bahía de Sechura, mediante los escritos de Registros Nos. 00030051-2021-E y 00030317-2021-E, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Viceministerial, y darse por agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS
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