Resolución Viceministerial N.° 053-2022-PRODUCE/DVPA

26 de abril de 2022

Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por los señores José del Carmen Santisteban Urcia y Perla Hayde Huamanchumo Urcia, mediante el escrito de Registro N° 00100929-2011, complementado con los escritos de Registros N° 00080278-2020- E, N° 00080278-2020-1-E, N° 00080278-2020-2-E, y N° 00020455-2021-E, contra la Resolución Directoral N° 630-2011-PRODUCE/DGEPP, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución Viceministerial; y darse por agotada la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
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