Resolución Ministerial N.° 313-2019-PRODUCE
18 de julio de 2019
Establecer como Limite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo (LMTC-CHD) del recurso anchoveta para el año 2019 en ciento cincuenta mil (150,000) toneladas, correspondiente a todo el litoral, conforme a lo previsto en el artículo 9 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo, aprobado por D.S. Nº 005-2017-PRODUCE.