Resolución Ministerial N.° 105-2019-PRODUCE
25 de marzo de 2019
Modificar el primer párrafo del artículo 1 de la R.M. Nº 015-2019-PRODUCE: Establecer los límites de captura de los recursos jurel en noventa y nueve mil (99 000) toneladas y caballa en ciento treinta y cinco mil (135 000) toneladas, aplicable a las actividades extractivas efectuadas por todo tipo de flota, correspondiente al año 2019. Suspender las actividades extractivas del recurso jurel a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial.