Resolución Ministerial N.° 530-2018-PRODUCE
26 de noviembre de 2018
Suspender las actividades de extracción del recurso Merluza realizadas por las embarcaciones arrastreras industriales, en el área comprendida entre los 05 50 S - 06 10 S del dominio marítimo peruano, por un periodo de siete (7) días Calendario, a partir de las 00.00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial.