Resolución Ministerial N.° 530-2018-PRODUCE

26 de noviembre de 2018

Suspender las actividades de extracción del recurso Merluza realizadas por las embarcaciones arrastreras industriales, en el área comprendida entre los 05 50 S - 06 10 S del dominio marítimo peruano, por un periodo de siete (7) días Calendario, a partir de las 00.00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial.

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