Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00247-2021-PRODUCE/CONAS-1CT
21 de diciembre de 2021
ENCAUZAR el Recurso de Reconsideración presentado por la empresa NEGOCIOS Y TRANSPORTES GISAMBRY E.I.R.L. como un Recurso de Apelación, conforme a lo señalado en el numeral 4.1 de la presente Resolución. DECLARAR la NULIDAD PARCIAL DE OFICIO de la Resolución Directoral Nº 606-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 15.02.2021, en el extremo de los artículos 1° y 4°, que impusieron la sanción de multa a la empresa NEGOCIOS Y TRANSPORTES GISAMBRY E.I.R.L., por las infracciones previstas en los incisos 3 y 72 del artículo 134° del RLGP, respectivamente; en consecuencia, corresponde MODIFICAR la sanción contenida en los mencionados artículos de la citada Resolución Directoral. DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por la empresa NEGOCIOS Y TRANSPORTES GISAMBRY E.I.R.L., contra la Resolución Directoral Nº 606-2021-PRODUCE/DS-PA de fecha 15.02.2021; en consecuencia, CONFIRMAR la sanción de decomiso23 24 impuesta, así como la multa correspondiente a la comisión de la infracción tipificada en el inciso 3 del artículo 134° del RLGP; y la sanción de decomiso impuesta, así como la multa correspondiente a la comisión de la infracción tipificada en el inciso 72 del artículo 134° del RLGP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.