Resolución Directoral N.° 03327-2015-PRODUCE/DGS
16 de setiembre de 2015
Archivar el procedimiento administrativo sancionador, seguido contra la empresa ORGULLO DEL MAR, con R.U.C. N° 20118866551 al no haberse acreditado la comisión de la infracción prevista en el Numeral 6) del Art. N° 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca y Numeral 3) del Art. N° 76 de la Ley General de Pesca.