Resolución Directoral N.° 08806-2018-PRODUCE/DS-PA
6 de diciembre de 2018
DECLARAR PROCEDENTE la solicitud de aplicación del Principio de Retroactividad Benigna como excepción al Principio de Irretroactividad estipulado en el numeral 5) del artículo 246° del TUO de la LPAG, presentada por la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. con R.U.C. N° 20136165667.