Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 068-2021-PRODUCE/CONAS-CP
25 de mayo de 2021
DECLARAR INADMISIBLE el recurso de Apelación interpuesto por r la empresa PESQUERA ARTESANAL DE CHIMBOTE E.I.R.L, contra la Resolución Directoral Nº 01993-2020-PRODUCE/DS-PA, de fecha 23-09-2020.
DECLARAR la NULIDAD PARCIAL DE OFICIO de la Resolución Directoral Nº 01993-2020-PRODUCE/DS-PA de fecha 23-09-2020. que sancionó a la empresa PESQUERA ARTESANAL DE CHIMBOTE E.I.R.L, en consecuencia, ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado a la mencionada empresa, quedando SUBSISTENTES los demás extremos de la Resolución Directoral precitada.
DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por la empresa NEGOCIACIONES TAMBOGRANDE S.R.L., contra la Resolución Directoral Nº 01993-2020-PRODUCE/DS-PA, de fecha 23-09-2020, en consecuencia, CONFIRMAR la sanción impuesta en todos sus extremos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.
DECLARAR la NULIDAD PARCIAL DE OFICIO de la Resolución Directoral Nº 01993-2020-PRODUCE/DS-PA de fecha 23-09-2020. que sancionó a la empresa PESQUERA ARTESANAL DE CHIMBOTE E.I.R.L, en consecuencia, ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado a la mencionada empresa, quedando SUBSISTENTES los demás extremos de la Resolución Directoral precitada.
DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por la empresa NEGOCIACIONES TAMBOGRANDE S.R.L., contra la Resolución Directoral Nº 01993-2020-PRODUCE/DS-PA, de fecha 23-09-2020, en consecuencia, CONFIRMAR la sanción impuesta en todos sus extremos, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quedando agotada la vía administrativa.