Resolución del Consejo de Apelación de Sanciones N.° 00077-2021-PRODUCE/CONAS-2CT

16 de abril de 2021

DECLARAR LA NULIDAD PARCIAL DE OFICIO de la Resolución Directoral Nº 3292-2020-PRODUCE/DS-PA, de fecha 22.12.2020 en el extremo del artículo 4° de la parte resolutiva, respecto de la sanción de multa impuesta a la empresa CO PRODUCTORES E.I.R.L., por la infracción prevista en el inciso 78 del artículo 134° del RLGP, en consecuencia, corresponde MODIFICAR la sanción de multa contenida en el mencionado artículo de la citada Resolución Directoral. DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por el señor PEDRO GUMERCINDO BLANCO RAMIREZ, contra la Resolución Directoral Nº 3292-2020-PRODUCE/DS-PA, de fecha 22.12.2020; en consecuencia, CONFIRMAR la sanción impuesta correspondiente a la infracción tipificada en el inciso 3 del artículo 134° del RLGP; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa. DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por la empresa CO PRODUCTORES E.I.E.L., contra la Resolución Directoral Nº 3292-2020-PRODUCE/DS-PA, de fecha 22.12.2020; en consecuencia, CONFIRMAR la sanción de decomiso impuesta, así como la sanción de multa correspondiente a la infracción tipificada en el inciso 78 del artículo 134° del RLGP; quedando agotada la vía administrativa.
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