Resolución Ministerial N.° 354-2020-PRODUCE
18 de octubre de 2020
Suspender la actividad extractiva del recurso Merluza realizada por embarcaciones arrastreras, entre el extremo norte del dominio marítimo peruano y los 04°00’S, por un período de siete (7) días calendario, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial.